El "caso Neymar" se traslada a los Juzgados de Barcelona
- JACS

- Nov 5, 2018
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Desde siempre, es regla general que las investigaciones o instrucciones penales se desarrollan ante el tribunal del lugar donde se hubiere cometido el presunto delito.
Sin embargo, esta regla general tiene algunas excepciones, entre las que se halla la investigación de los delitos cometidos en el extranjero. El Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional (dirigido entonces por el Juez Pablo Ruz) entendió en su momento que el denominado “caso Neymar” encajaría en dicho supuesto, pues, los hechos presuntamente delictivos relacionados con los pagos del fichaje, se habrían cometido en Brasil.
Las defensas de Rosell, Bartomeu y el propio FCB recurrieron dicha decisión, entendiendo, entre otros argumentos de fondo, que si existiera algún hecho delictivo, éste se habría cometido en todo caso en territorio español.
La Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que es el superior jerárquico del Juzgado Central de Instrucción, ha resuelto ahora (Auto de 22 de mayo de 2015), que el delito de administración desleal, que es del que acusa la Fiscalía, debe entenderse cometido en el lugar en que el acusado tiene a su disposición los fondos (Barcelona) y que los delitos contra la Hacienda Pública deben seguir el mismo criterio por su conexidad con la presunta distracción fraudulenta. En su consecuencia, la Audiencia Nacional, revoca el Auto de Ruz y ordena que la investigación se siga no ante los Juzgados Centrales de Instrucción –de la propia Audiencia Nacional–, sino ante los Juzgados de Instrucción –“ordinarios”– de la ciudad de Barcelona.
Esta decisión, no implica por tanto que la causa quede archivada, sino que su instrucción (la investigación de los hechos presuntamente delictivos) se llevará a cabo, ya no ante la Audiencia Nacional, sino ante el Juzgado de Instrucción de Barcelona que por turno de reparto corresponda.
Como sea que Ruz había decretado ya el final de la instrucción y la apertura del Juicio Oral ante la Audiencia Nacional, el Juez de Barcelona a quien se remita la causa deberá sin duda revisar dicha resolución. El “caso Neymar” seguirá pues generando noticias en los próximos meses.
Jaume Alonso-Cuevillas Sayrol
Catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona.
Abogado y Economista. Exportavoz del Tribunal Català de l’Esport
Miembro de la Comisión de Economía i Finanzas del Deporte del Col·legi d’Economistes de Catalunya






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